1 Visión general de retenciones
Las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF aplican a determinados aspectos de la actividad económica, sumariadas en:
- Trabajo
- Actividades profesionales
- Imputación Rentas por cesión derechos imagen
- Ganancias patrimoniales
- Capital Mobiliario
- Capital Inmobiliario
Para cada uno se establece un porcentaje de retención y las declaraciones a efectuar. Las cantidades que se detraen al contribuyente por el pagador de determinadas rentas, por estar así establecido en la ley, para ingresarlas en la Administración tributaria como “anticipo” de la cuota del Impuesto que el contribuyente ha de pagar.
El cuadro siguiente muestra un resumen a 2019:

2 Retención sobre rentas de trabajo
Es un gravamen progresivo sobre los rendimientos del trabajo. Entre otros, aplica sobre el salario (excluyendo las dietas y los gastos de viaje) o la prestación por desempleo.
3 Retención sobre actividades profesionales
Aplica sobre la renta que obtiene una persona jurídica como consecuencia de una actividad económica. Por ejemplo, los procedentes de una actividad de comercio, de prestación de servicio, artística o deportiva.
Dispone de un tratamiento específico para el período inicial (año de inicio y en los dos siguientes), de determinadas actividades:
4 Rentas por cesión de imagen
La retención se establece en el art. 92.8 y D.A. 31ª.2 LIRPF, y art. 107 RIRPF.
5 Ganancias patrimoniales
Fiscaliza los rendimientos obtenidos por los titulares de elementos patrimoniales, como un fondo de inversión o unas acciones. Específicamente grava:
- Transmisión de derechos de suscripción (art. 101.6 LIRPF)
- Transmisión de acciones y participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva (Fondos de Inversión) (art. 101.6 LIRPF)
6 Capital mobiliario
Aplica sobre las variaciones que experimenta el capital de:
- Participación en fondos propios de entidades (art. 25.1 y 101.4 LIRPF; y 90 RIRPF)
- Cesión a terceros de capitales propios (cuentas corrientes, depósitos financieros, etc. art. 25.2 LIRPF).
- Operaciones de capitalización, seguros de vida o invalidez e imposición de capitales.
- Propiedad intelectual, industrial, prestación de asistencia técnica (art. 101.9 LIRPF).
- Arrendamiento y subarrendamiento de bienes muebles, negocios o minas (art. 101.9 LIRPF).
7 Capital inmobiliario
Arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos (art. 101.8 LIRPF; y 100 RIRPF). por tanto la retención aplica sobre alquileres.